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Fundación Chadileuvu

Punto 02

2.- Localización (incluyendo localización cartográfica)


La historia del despojo del Atuel para ser bien entendida debe considerarse tanto en el plano físico como en el temporal, ya que la sustracción de caudales fue un proceso de alrededor de tres décadas, en distintos lugares y distintas épocas. La referencia cartográfica permite situarlos en el espacio con precisión.


b_300_200_16777215_0_0_images_RecursosHidricos_atuel2.jpgEl primer desvío que afectó los caudales del Atuel se dio en  1918, en un lugar llamado Paso El Loro (35 04 06 S  67 33 15 W, aprox. 453 msnm), cerca de Puesto Bello (“Puesto” es un regionalismo argentino que, en esa zona semidesértica, designa una población, sin que necesariamente sea una propiedad). Esa acción, que aparentemente se debió a un conflicto entre intereses políticos locales, hizo que prácticamente desapareciera el brazo principal del río de los que entraban a La Pampa, llamado Atuel Viejo. El mismo pasaba a escasa distancia de la naciente población de Santa Isabel y cerraba por el norte el paraje conocido como Isla del Chalileo, famoso a principios del siglo XX por su fertilidad y, especialmente, pasturas (COPDRIP, 2004).

La segunda acción de desvíos se produjo en 1937 con la construcción de los llamados “Tapones de Ugalde”, cercanos al límite con La Pampa (35° 58' 54" y S  67° 12' 03" W, aprox. 350 msnm) y que provocaron la disminución y casi extinción del brazo llamado Arroyo Butaló, que cerraba la Isla del Chalileo por el poniente. Este hecho se dio en 1937 y generó algunas reacciones violentas de los pobladores de aguas abajo, que se sintieron seriamente perjudicados y elevaron notas a la autoridad territoriana, sin mayores resultados (COPDRIP, 2004).

Debe considerarse que desde la década final del siglo XIX la incipiente agricultura bajo riego de la Colonia Alvear venía sangrando el río en forma paulatina pero incesante, disminuyendo su caudal, si bien esa disminución no se advertía con claridad dadas las características hidrológicas e hidrográficas del curso. Los escurrimientos del río Atuel en La Pampa, aunque menguados y sin reconocimiento alguno a los derechos de los abajeños, siguieron llegando al territorio hasta 1947, cuando reciben el golpe de gracia. En esa fecha se completan las obras del dique El Nihuil (35 01 39 S  68 40 43 W, aprox. 1.380 msnm) en la cuenca superior, construido por convenio entre la Nación y la provincia de Mendoza con el propósito de regular caudales y producir energía hidroeléctrica. El Nihuil pasó a ser la obra de cabecera del sistema, semiregulando el río, pero ni en la Ley que dispone la realización de la obra ni en el convenio respectivo “se introdujo cláusula alguna que salvaguardara los derechos de La Pampa, por entonces bajo tutela federal en su condición de Territorio Nacional”. Increíblemente, ningún reclamo pampeano  fue atendido y el río dejó de escurrir durante más de veinticinco años. Los pobladores quedaron casi sin recursos para vivir y comenzó así lo que se ha dado en llamar “la diáspora atuelera y saladina” que, con la destrucción del humedal, provocó la involución ecológica, económica y cultural de un territorio de más de 30 mil km cuadrados, si se consideran las áreas aledañas e influidas por las zonas húmedas (CIG, 1983)
Esa obra hizo que, a partir de entonces, el agua no llegara más allá de las últimas zonas de riego mendocinas, dejando en seco un corredor encabalgado sobre ambas provincias de casi 300 km de longitud (COPDRIP, 2004; CIG 1983). 

En esta peripecia del agua hubo un hito administrativo singular: dolido por la miseria circundante un humilde agente de policía envió en 1948 una carta exponiendo la situación al presidente de la república,  por entonces Juan Domingo Perón. El reclamo siguió la vía administrativa y epilogó en la resolución 50/49 del organismo que en ese tiempo regía la actividad nacional en el rubro, Agua y Energía Eléctrica de la Nación. Ese organismo dispuso, “con carácter provisorio” una entrega anual a La Pampa de 27,5 Hm3 anuales “con destino a bebida de poblaciones y ganado, riego de praderas naturales y alimentación de represas y lagunas” en jurisdicción pampeana, al tiempo que recomendaba realizar estudios para fijar en forma definitiva los caudales que corresponderían a La Pampa (CIG, 1983).

La resolución, que emanaba de las más altas autoridades nacionales, fue desconocida por un tribunal administrativo, obviamente de nivel inferior, del Departamento de Irrigación de la provincia de Mendoza que le denegó competencia a la Nación para disponer de los caudales de un río “que nace y muere en Mendoza” (sic) (COPDRIP, 2004).

Los caudales para La Pampa que determinaba la incumplida resolución 50/49 eran equivalentes al 2,6 % del derrame anual del río.

Ningún reclamo posterior en procura de agua tuvo resultado, ni siquiera cuando La Pampa se convirtió en Estado Federal y llevó el caso ante la Corte suprema de Justicia de la Nación. El alto tribunal –en disidencia—falló que el Atuel es un río interprovincial pero autorizó a la provincia arribeña a completar 75671 has bajo riego antes de ceder caudales a La Pampa, una cifra que aparece utópica de alcanzar ante la realidad. También llamó a ambas provincias a colaborar en la mejora de los aprovechamientos pero su decisión, llamativamente, apenas tuvo el carácter de “exhorto” (Corte Suprema, 1983).

Desde aquel fallo han pasado más de dos décadas y no se ha conseguido absolutamente ningún avance, por más que se formó una Comisión del Atuel Inferior, que nunca llegó a nada concreto. La misma constitución de esta comisión es llamativa, ya que excluye de sus consideraciones y posibilidades los tramos de alimentación, superior y medio del río, ignorando el concepto de unidad de cuenca, universalmente aceptado. Precisamente cabe señalar que, a la salida de su cuenca de alimentación, el Atuel transita una zona en la que pierde por vía subterránea caudales que podrían recuperarse y que pueden estimarse en 15 m3/s, prácticamente la mitad del módulo del fluvio (Edes-Auxini, 1969).

En el año 2008 se celebró un convenio entre las provincias de La Pampa y Mendoza, avalado por la Nación, según el cual de las obras de recupero de caudales que se insumen en el lecho en el valle inferior del Atuel (estimados en unos 10 m3/s) La Pampa recibiría la mitad, que se conduciría por un canal de 130 km a territorio pampeano, donde se emplearían para riego y bebida animal. Las obras en territorio mendocino serían financiadas por aquella provincia, la Nación y La Pampa, no así el canal conductor, que correría por cuenta de Nación y La Pampa.

Pese a las evidentes ventajas del convenio para Mendoza, el Departamento de Irrigación de la provincia declaró en 2010 año que el convenio no puede cumplirse, desautorizando la gestión que había sido rubricada por la Presidenta de la Nación y los gobernadores provinciales (Convenio, 2008). El tema volvió a quedar en la nada.

Para finalizar digamos que la presente es apenas una reseña sintética de las tribulaciones por el agua en La Pampa, que llevan ya casi un siglo. Con lo expuesto se advertirá que el cuerpo de datos, hechos y pruebas es muchísimo mayor pero que se ha apelado al esquema como forma de facilitar el entendimiento inicial del problema. Un mayor cúmulo de pruebas (incluyendo una visita al área si se lo considera necesario) están a disposición del Tribunal.