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La Corte Suprema avaló por unanimidad la ley que protege a los glaciares

b_300_200_16777215_0_0_images_2019_glaciares.jpgLa ley 26.639 de protección de glaciares de la Argentina es constitucional.                                              

Así lo determinó este martes la Corte Suprema de Justicia, al rechazar por unanimidad los planteos de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y de la provincia de San Juan que tenían, en suspenso, la aplicación de esa norma.

La decisión del máximo tribunal ahora abre el debate sobre, al menos, 40 proyectos mineros en el país. Los artículos 2 y 6 de la norma eran los más discutidos. El primero de ellos se refiere a la superficie de protección de los cuerpos de hielo y de roca, es decir, dónde empieza y dónde termina la superficie glaciar. El sexto, a las actividades prohibidas en esa superficie. El acuerdo de los ministros de la Corte no hace referencia en particular a este detalle.            


Los fundamentos que firmaron los ministros Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda para rechazar los planteos se centraron en la argumentación del proceso de sanción de la ley, con el debate en ambas cámaras del Congreso; en la garantía constitucional del artículo 41 por un ambiente sano, así como también en el cumplimiento del Acuerdo de París, en términos de lucha contra el cambio climático.                        

Los actores demandantes planteaban que el Congreso había avanzado sobre la jurisdicción de las provincias en lo que se refiere a los recursos naturales. Sin embargo los jueces rechazaron ese argumento. “Antes de buscar confrontación, los artículos 41 y 124 de la Constitución, deben ser interpretados buscando adaptar la gestión de recursos naturales a las directivas de la cláusula ambiental”, expresaron. “No hay inconstitucionalidad derivada del procedimiento de la ley cuestionada”.                             

También consideraron que Barrick Gold y Minera Argentina Gold no han demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera. Tampoco la provincia de San Juan.-

Diario textual.com    04.06.19
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“El fallo de la Corte marca el principio del fin para la minería sobre glaciares”: hielos en peligro
 
La Corte Suprema declaró la constitucionalidad de la Ley de Glaciares
El resultado de la máxima autoridad judicial nacional, conocido hoy, marca un hito para la preservación de los glaciares. La medida, a favor del ambiente, rechazó el reclamo de la compañía Barrick Gold realizado en 2011.
“Celebramos el fallo, ya que no hay dudas que los glaciares deben ser protegidos. Este resultado responde, sin dudas, al reclamo que todas las asambleas del país y las organizaciones civiles han llevado adelante. El pedido de Barrick para que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional ha sido una jugada perversa que afortunadamente perdió. Ahora, resta que se haga efectivo el cumplimiento de la ley y que cierre Veladero. No podemos permitir más minería sobre los glaciares de los argentinos”, sostuvo Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace.
El fallo pone un freno a los 44 proyectos mineros cercanos o sobre cuerpos de hielo que están evaluados, según consta en un documento de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
Strano agregó: “El gobierno nacional y las provincias deben comprender que no se puede permitir exploraciones y explotaciones mineras en cualquier lado. La ley es muy clara al respecto. Si en la zona hay glaciares o si se pone en peligro el ambiente periglacial, allí no se puede avanzar. El acceso de los ciudadanos a fuentes de agua dulce depende de ello, ya que el 80% de dichas reservas se encuentran en los glaciares. Por eso, es muy importante garantizar su protección”.
Por su parte, Enrique Viale, representante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, manifestó: “El fallo es contundente y señala que la responsabilidad en la protección de glaciares es compartida entre Nación y las provincias; y reafirma que los derechos individuales como el de propiedad ceden ante derechos colectivos como el derecho al agua”
A su vez, Viale agregó: “Barrick evidencia un histórico desprecio por la legislación ambiental de nuestro país. Siempre supo que su emprendimiento minero Veladero y el proyecto Pascua Lama violan la Ley de Glaciares, por eso la cuestionó judicialmente. Ahora no hay más excusas, desde hace años que venimos pidiendo la aplicación efectiva de la Ley de Glaciares, especialmente en las zonas donde están en peligro.”
Pia Marchegiani, directora de Política Ambiental de FARN,  sostuvo: “Una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales”.-                                 

Greenpeace     04/06/19